A- de 2025
Ponente Carolina Ramírez Pérez
✓Demandante Estrada Noriega Dedci Estela·Demandado Banco De La Republica
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre el cumplimiento de convención colectiva de trabajo de trabajador oficial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 045 Laboral de la misma ciudad, originado en una demanda ordinaria laboral instaurada por una ciudadana, en contra del Banco de la República, con el fin de que se declare que ella tiene derecho a que esa entidad le pague la mesada pensional número 14 desde el 30 de julio de 2010 y se le condene al pago de la misma, entre otros conceptos.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que dentro del expediente hay pruebas que podrían indicar que la demandante ostentó la calidad de trabajadora oficial, que es la regla general de vinculación al Banco de la República.
Por otra parte, resulta que la demandante está solicitando expresamente que se le aplique un beneficio convencional que cobijaba a los trabajadores del Banco, de lo que se deduce que la mesada pensional solicitada estuvo incluida como una prestación pensional en la convención colectiva.
Como conclusión, se advierte que una persona que parece haber sido trabajadora oficial del Banco de la República está reclamando una prestación pensional derivada de una Convención Colectiva de Trabajo que el Banrep suscribió con sus trabajadores oficiales.
En ese orden de ideas, la Jurisdicción Ordinaria laboral es la competente para asumir el conocimiento de este asunto de conformidad con el Auto 625 de 2022.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Jurisdicción de lo contencioso-administrativo y la Jurisdicción Ordinaria Laboral, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda Dedcy Estela Estrada Noriega en contra del Banco de la República le corresponde a la Jurisdicción Ordinaria Laboral.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-6425 al Juzgado 045 Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia; y para que, en la etapa procesal que corresponda, le comunique esta decisión al Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Bogotá y a las partes y sujetos procesales interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.